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Diputados trata el proyecto que iguala las licencias de cuidado entre madres y padres

De aprobarse la ley 6 millones de trabajadoras y trabajadores van a ver extendidas sus licencias y 2 millones de personas la obtendrán por primera vez. En caso de monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, cobrarán una asignación por maternidad, paternidad y adopción: se trata de un salario mínimo por cada mes en el que estén cuidando. En el caso de las trabajadoras de casas particulares, se asegurará un mínimo en la licencia del salario mínimo vital y móvil.

23 agosto, 2023
en Géneros y Diversidades

(fuente: feminacida.com.ar)

Con el tratamiento en Comisiones se avanzó ayer el proyecto para igualar la licencias laborales por cuidado. La Ley “Cuidar en Igualdad” plantea una reforma en relación a las licencias por nacimiento y adopción, y reconoce el cuidado como una necesidad, un trabajo y un derecho. El proyecto se origina en el Poder Ejecutivo Nacional y cuenta con el apoyo de ATE, así como de las redes de feminismo sindical de todo el país.

Además, propone la creación de un Sistema de Cuidados para ampliar políticas públicas en la materia, extiende la licencia para varones y personas no gestantes de 2 a 90 días, a aplicarse progresivamente durante los próximos ocho años en ocho años. Para personas gestantes pasa a ser 126 días, y por primera vez, habría licencia para adoptantes por 90 días.

De aprobarse el proyecto en la Cámara, tras obtener el dictamen de las comisiones de Legislación Laboral y Mujeres y Diversidad, 6 millones de trabajadoras y trabajadores van a ver extendidas sus licencias y 2 millones de personas la obtendrán por primera vez. En caso de monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, cobrarán una asignación por maternidad, paternidad y adopción: se trata de un salario mínimo por cada mes en el que estén cuidando. En el caso de las trabajadoras de casas particulares, se asegurará un mínimo en la licencia del salario mínimo vital y móvil.

“Esto implica una reforma de la ley número 20.744 de Contrato de Trabajo (LCT) que rige muchos organismos y empresas estatales. La ley es la columna vertebral que establece principios generales del derecho del trabajo, que también afectan al empleado estatal pero no implica una reforma de leyes del empleado público. Esta última normativa se dicta de forma autónoma, sean nacionales, provinciales o municipales. Incluso a nivel del Estado nacional ya hay normas que venían avanzando en este mismo sentido”, aclaró la abogada de ATE, María Terragno.

Pero consideró que “esta reforma supondrá un cambio de paradigma las normas, sobre los cuidados y sobre la familia diversa, las cuestiones relacionadas con el tiempo de cuidado y la reproducción social que hasta ahora no están reconocidas, sin perjuicio que haya compañeras y compañeros que siendo empelados estatales tiene la regulación de la LCT”.

La letrada también remarcó que “La Provincia dicta su  propia regulación pero debería adecuarse. Si bien esta ley nacional no es de orden público, y por lo tanto obligatoria, es necesario que se amplíen las licencias de cuidado. De todas formas la ley provincial es más avanzada que la LCT, con lo cual hay que determinar cuáles son los puntos aun no regulados para avanzar en estos derechos”.

Rol fundamental

Las licencias por progenitores cumplen un rol fundamental a la hora de construir una sociedad más equitativa. En primer lugar, por el hecho de que así se coloca en igualdad de condiciones a ambos progenitores y, segundo, porque es una forma de armonizar la vida productiva con la reproductiva. Además, protege los derechos de las infancias garantizando su cuidado desde los primeros momentos de su vida como está establecido a nivel internacional en convenciones como la de los Derechos del Niño (art. 18) o en la Observación General número 7 (art. 29) y a nivel nacional en la ley 26. 061 de Protección Integral de los Derechos de las Ñiñas, Ñiños y Adolescentes, donde también se establece que ambos progenitores tienen las mismas responsabilidades a la hora de los cuidados.

En Argentina la legislación a nivel nacional y estatal que indica cuánto tiempo el progenitor no gestante puede estar presente. La LCT otorga dos días de corrido con licencia paga (a cargo del empleador), una normativa con 48 años de vigencia y una de las más atrasadas del mundo, ya que no contempla la paternidad por adopción, los nacimientos múltiples, nacimientos pretérmino o nacimiento de hijas/os con discapacidad. 

Encima, se dificulta su aplicación en el ámbito privado porque no todas las empresas del país respetan lo que establece la ley. “En algunos casos, se incumplen las normas legales restringiendo el acceso a estos derechos mientras que en otros (pocos) casos las empresas privadas han extendido los tiempos de licencias más allá de lo que requiere la ley”, según detalla el informe de Unicef “Apuntes para repensar el esquema de licencias de cuidado”.

Hay urgencia de entender un problema que causa que la división de las tareas cuidado impacten, por el momento negativamente, en el acceso al empleo de las mujeres y las condiciones laborales y económicas en las que estas pueden desempeñarse. Según la Encuesta Permanente de Hogares (EPH, Segundo Trimestre, 2020), las mujeres a pesar de tener mejores niveles educativos se incorporan mucho más lento al mercado laboral que los varones y en la franja de 20 a 39 años, considerada la “edad fértil”, su inactividad es mayor que las del género opuesto. En cambio, la inactividad de los hombres desciende a medida que aumentan su edad.

Según el INDEC, en las edades centrales (30-64 años) mientras 8 de cada 10 varones participa en el mercado laboral, solo 5 de cada 10 mujeres lo hacen y mientras 5 de cada 10 varones realizan tareas del hogar, más de 8 de cada 10 mujeres lo hacen. 

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