Un Informe técnico profesional de la Oficina de Perspectiva de Género del Instituto Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) recomendó al presidente del organismo, Darío Díaz Pérez, que ordene realizar un sumario administrativo al coronel retirado Carlos Ludueña debido a el acoso de género y la persecución antisindical que realizó a la compañera delegada de ATE en el sector, Mariela Lozano, y a las afiliadas de nuestro gremio bajo su dependencia.
Se trata de un dictamen de gran importancia porque fija de manera contundente los parámetros que este funcionario ha sobrepasado en su maltrato constante contra la delegada, a la sometió a hostigamientos físicos y psicológicos en una perversa manipulación para denigrar a la compañera y deslegitimar el rol de nuestra organización en la farmacia, con el claro objetivo de impedir que las y los compañeros no ejerzan sus derechos gremiales consagrados por la legislación vigente.
El secretario General de ATE Córdoba, Federico Giuliani celebró el trabajo del equipo jurídico de ATE y remarcó que “no vamos a permitir que nuestra afiliadas y delegadas estén sometidas a la violencia de un jefe. Si es militar y está mal acostumbrado tendrá que cambiar y respetar a las compañeras. La violencia laboral es un límite que no toleramos que se cruce”.
Y destacó que “se demuestra que desde el gremio y con compromiso colectivo se pueden revertir estás situaciones y lograr avances en cuanto al respecto que se merecen las y los compañeros en su lugar de trabajo”.
En tal sentido, la compañera Paloma Muñoz, integrante del equipo de asesoramiento letrado de ATE Córdoba, valoró “la creación de una oficina de género que tenían las y los trabajadores del organismo para atender a los maltratos y violencias laborales en carácter amplio en el IOSFA” y destacó en cuando a la denuncia de Mariela Lozano contra el coronel Carlos Ludueña, no solo por sus malos tratos sino también por su conducta antisindical, que “la denuncia se presentó en mayo de manera bastante sustanciada y con gran prueba testimonial ofrecida, lo que permitió acreditar la violencia de género, los maltratos y la discriminación sindical que sufren las compañeras afiliadas y en particular Mariela por su rol de delegada. Surge de los propios dichos de las y los trabajadores de la Farmacia el clima hostil en el lugar. Además se le ordena al coronel hacer un programa de concientización y sensibilización sobre los derechos de las trabajadoras con perspectiva de género dentro de la Farmacia”.
Muñoz aclaró que si bien la resolución no es vinculante “es una opinión jurídica que el presidente del IOSFA tendrá que tener en cuenta para resolver la situación de manera urgente”, sobre todo debido a la denuncia se presentó hace seis meses y su respuesta, aunque positiva, se obtuvo en octubre, de forma que Lozano convivió todo este tiempo con el clima de hostilidad generado por Ludueña.
“Necesitamos que estas situaciones de violencia se resuelvan mucho más rápido porque están en juego a salud física y psíquica de las trabajadoras. Así y todo estamos contentos con el dictamen porque es un llamado de atención al presidente de la IOSFA para que intervenga y haga cesar las conductas denunciadas”, señaló Muñoz.
Y remarcó que “queda claro que los malos tratos y los hostigamientos de diversa índole fueron cometidos y por eso la intervención es urgente e imprescindible para reguardar la integridad de las trabajadoras”.
Las conclusiones del Informe técnico profesional de la Oficina de Perspectiva de Género
- Es menester tener presente a la hora de resolver y/o disponer medidas contra la violencia de género en el ámbito laboral, la naturaleza y los fines del método de interpretación de los hechos que supone resolver con perspectiva de género, analizar el caso concreto en un contexto que permita percibir todo indicio de desigualdad, así, deberá advertirse, si en el caso se vislumbran prácticas socioculturales históricas basadas en la idea de inferioridad de mujeres o la superioridad de varones, o en conductas estereotipadas que limitan o afectan de alguno modo, o parcialmente, el reconocimiento o disfrute de los derechos de las mujeres; a tales fines, una de las directrices que orientan la perspectiva de género supone ponderar los dichos de la mujer ‘partiendo de su credibilidad’.
- El procedimiento que debe observarse ante las denuncias sobre violencia por razones de género en el ámbito laboral previsto en el PROTOCOLO MARCO PARA EL ABORDAJE DE LAS VIOLENCIAS POR MOTIVOS DE GÉNERO EN EL SECTOR PÚBLICO NACIONAL establece el derecho de quienes se encuentran en situación de violencia al dictado por parte de las autoridades de medidas preventivas fin de amparar a las víctimas de la violencia, de modo que efectuada la denuncia y atendiendo a la verosimilitud de los hechos que se invocan, la administración puede ordenar medidas, que en su esencia son preventivas (art 16 ley 26485 y arts.2, 8,10 11 y ccds. DECAD-2021-1012-APN- JGM).
- De forma que en modo alguno la adopción de una medida preventiva contra la violencia en el ámbito laboral implica un decisorio de mérito que declare a alguien como autor de los hechos que se le atribuyen, sino que su finalidad apunta a la cesación del riesgo que pesa sobre las víctimas evitándoles el agravamiento de los perjuicios concretos derivados del maltrato que se cierne sobre ellas, que, de otro modo, podría ser irreparable, pues sólo es posible removerlos a través de la adopción de medidas eficaces, urgentes y transitorias.
- Es bajo este contexto que el criterio que debe regir para resolver los casos en los que se encuentran involucrados los derechos fundamentales de las mujeres esta dado por la directriz básica de toda legislación, ello es; en torno de su protección incorporada tanto en las constituciones de distintas naciones del mundo, como en los tratados y convenciones internacionales vigentes en la República Argentina y se impone a toda autoridad nacional en los asuntos concernientes a las violaciones de los derechos por razones de género.
- De las constancias del expediente resulta prima facie acreditado que la denunciante padeció una situación de violencia por razones género de tipo psicológica en la modalidad laboral, por parte del denunciado, quien se desempeña como Administrador (máxima autoridad de la Farmacia IOSFA) y que éste, abusando de su cargo y superioridad jerárquica, la sometió a diferentes formas de violencia laboral psicológica que se manifestaron en maltrato verbal, hostigamiento, movimientos corporales amenazantes, golpes enérgicos de puertas, acoso, aislamiento basado en el terror y la persecución laboral.
- -En este marco el Delegado denunciado se posicionó respecto a la mujer en el binomio superior/inferior resultando la denunciante víctima de violencia sistemática de tipo psicológica en el ámbito laboral, agregando a ello la ejecución de episodios de violencia física configurada por golpes enérgicos de puertas, gestos corporales amenazantes, lo cual demuestra una expresión de un injusto grave.
- -A este escenario se deben sumar las acciones desarrolladas por el administrador a fin obstaculizar y/o impedir a la denunciante y a otros/as trabajadores/as el ejercicio de los derechos sindicales constitucionalmente amparados.
- -Fueron varias las conductas peyorativas y denigrantes constitutivas de violencia por razones de genero y vulneración a los derechos gremiales atribuidas al superior jerárquico por parte de la trabajadora denunciante y testigos, y si bien y con muy buen tino la Gerencia de Recursos Humanos, Organización y Afiliados adoptó como medida preventiva el traslado del lugar de trabajo del Administrador Coronel Carlos Ludueña, garantizando la integridad psíquica y física de Mariela Lozano, deben considerarse la ejecución de otras medidas concretas para la averiguación, análisis y/o evaluación de los graves hechos denunciados, así como también la implementación de acciones y programas orientadas a prevenir y erradicar la violencia laboral.
Recomendaciones al presidente del IOSFA
1- Se inicie el correspondiente sumario administrativo a los fines de determinar la responsabilidad y eventual sanción al Administrador de la Farmacia IOSFA Cnel. Carlos Ludueña.
2-Se sostenga la medida preventiva adoptada por Gerencia de Recursos Humanos, Organización y Afiliados hasta tanto finalicen los procedimientos sumariales.
3- Se desarrollen en las Farmacias IOSFA ubicadas en la Pcia. de Córdoba, espacios de capacitación y formación sobre los derechos de las mujeres, violencia laboral y violencia por razones de género, proporcionándose orientaciones, recursos y otras herramientas sobre tales temáticas a los/as trabajadores y a sus organizaciones respectivas, así como a las autoridades competentes.
4- Se emprendan iniciativas de prevención y concientización sobre los derechos de los/as trabajadores con perspectiva de género y derechos humanos, con inclusión de campañas de sensibilización, exigiéndose la efectiva colocación del Violentómentro Laboral en todas las Farmacias IOSFA conforme la DI-2022- 204-APN-D#IOSFA .
5- Se incorpore al Coronel Carlos José Ludueña en un programa de sensibilización y reflexión, sobre bases conceptuales claras que trabajen en torno a masculinidades hegemónicas y qué modos alternativos de ejercer la masculinidad existen, estereotipos, mandatos de masculinidad; tipos de violencias y diversidad sexual.
-Remítase el presente expediente; al Sr. Presidente de IOSFA, Dr. Darío Díaz Pérez, a los fines de continuar su tramitación, solicitando asimismo que en forma urgente el pase del presente a la Dirección de Políticas de Género de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario dependiente de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares.