En otro fallo que sienta precedente en la provincia de Córdoba, el Juzgado de Primera Instancia de Alta Gracia, a cargo de la jueza Lorena Calderón, ordenó a la Municipalidad que reconozca a ATE como entidad sindical con capacidad de representar a los empleados y empleadas municipales de Alta Gracia, dispuso que la Municipalidad actúe como agente de retención de la cuota sindical y garantizó a través de la sentencia el ejercicio de la libertad sindical en la ciudad.
Como resultado del fallo, el juzgado decretó que la Municipalidad debe terminar con las prácticas antisindicales y la persecución que desde hace años realiza contra las y los delegados y afiliados de ATE, y le impuso una fuerte multa por negarse a retener la cuota sindical desde 2023 a la fecha.
Como primera reacción al fallo, la secretaria de Prensa de ATE Córdoba, Julia Giuliani, dijo que ya se cursó un pedido de audiencia con el intendente Jorge De Napoli con el objetivo de normalizar la relación institucional con la Municipalidad, de la misma forma que sucede en decenas de municipios y comunas del interior provincia.
El fallo tendrá efecto también en otras localidades del Valle de Paravachasca donde autoridades municipales asumen la misma conducta ilegal que fue sancionada con este fallo.
Fundamentos
“La sentencia es muy importante en dos sentidos: porque reconoce a ATE como entidad sindical con actitud de representar a los empleados y empleadas municipales del municipio; y reconoce, además, la coexistencia de entidades sindicales con personería gremial en el sector público, es decir, reconoce que por más que haya otro sindicato, también ATE es representativo y ambos sindicatos pueden coexistir”, explicó la abogada de ATE María Marta Terragno.
La letrada agregó que el fallo judicial “también reconoce algo que es muy importante y muy trascendente, al decir que los afiliados a ATE no pueden ser discriminados por su afiliación sindical y que, como tales, no pueden modificarse sus condiciones de trabajo. La Municipalidad debe garantizar la libertad sindical de los delegados que se desempeñan actualmente y los que en el futuro puedan ser electos”.
“Con lo cual, es una sentencia importante en el sentido que, más allá de reconocer que el municipio de Alta Gracia tiene la obligación de actuar como agente de retención de la cuota sindical, va más allá y garantiza el ejercicio de la libertad sindical. Para el futuro, quienes puedan afiliarse no van a tener ninguna represalia por ello”, remarcó la letrada.






