El Juzgado de Control N°4, que realiza el seguimiento de la investigación preliminar del fiscal Ernesto de Aragón, sobreseyó hoy al secretario General de ATE, Federico Giuliani, por el delito de “desobediencia a la autoridad” (artículo 239 del Código Penal) en el marco del proceso contra dirigentes de las organizaciones populares que el año pasado participaron de la Marcha contra el Hambre en Córdoba Capital, el 5 de abril de 2023.
De Aragón había pedido la elevación a juicio por desobediencia a la autoridad, pero el planteo fue descartado por el magistrado. De la misma forma, fueron sobreseídos los dirigentes sociales Emanuel Berardo, Soledad Cristina Díaz García, Marisa Viviana Cariddi, Agustín Nazar y Roxana Alejandra Carezano.
La defensa de Giuliani, no obstante, informó que apelará la decisión de la titular del Juzgado 4, Anahí Hampartzounian, porque en la misma resolución elevó a juicio otra de las acusaciones fundamentada en la “obstrucción de servicio público”, aduciendo que el corte de calle infringe el código penal en su artículo 194.
El abogado penalista Claudio Orosz, a cargo de la defensa de Giuliani, argumentó en contra de la resolución ya que “no ha quedado probada la existencia material del hecho con el grado de probabilidad exigida en esta etapa procesal”.
Y anunció su apelación a la Cámara Criminal de manera oral, solicitando que se haga presente la totalidad de los tres jueces del tribunal, dada la importancia que la causa conlleva en términos constitucionales. “La responsabilidad que ellos tomen puede producir al Estado argentino al infringir tratados y convenciones internacionales vigentes en la Constitución Nacional. Y fundamentalmente, porque vamos a invitar a dirigentes sociales, de DDHH, para que estén en la sala. Tenemos muy fuertes argumentos jurídicos”.
En su argumentación, el letrado acusó al fiscal a cargo porque no ha quedado acreditada con el grado de probabilidad la participación responsable de Giuliani en esos hechos y mucho menos como Coautor Funcional. Orosz asegura además que tampoco es aplicable el tipo penal que el Fiscal y el Juez de Control, propugnan para subsumir el hecho, mientras se violan principios básicos de la autoría y de la defensa legítima de los derechos propios y de terceros, mucho más cuando el Código Penal vigente ordena expresamente otra solución que sólo puede conducir al sobreseimiento de Giuliani.
“Finalmente y seguro que por el apuro que imponen exigencias de la superioridad, la causa, en su etapa instructiva, no se ha completado, como el mismo juez de control, obvio sin quererlo, lo demuestran, por lo tanto el Fiscal no estaba en condiciones de emitir un requerimiento de elevación a juicio”, afirmó Orosz en el escrito presentado hoy.
Mucho más cuando viola el derecho de defensa material y la del debido proceso, constitucional y convencionalmente establecidas a favor de Giuliani.