El Juzgado de Conciliación de la ciudad de San Francisco, a cargo de la jueza Ruth Graciela Paruccia, emitió ayer una medida cautelar a pedido de ATE donde determinó que nuestro gremio tiene potestad para realizar asambleas de trabajadoras y trabajadores sin necesidad de autorización previa de parte de la comuna.
La medida fue producto de la intervención de los abogados de ATE María Terragno, Enrique Pistone y Mauricio Paissio ante las persecuciones que los funcionarios municipales sobre los delegados electos, sin respetar los fueros sindicales ni la libertad y democracia sindical que la ley vigente otorga a los estatales para elegir distintos gremios que coexisten dentro de un mismo ámbito laboral.
ATE tiene la personaría gremial Nº2, la más antigua del país, y está habilitado para actuar en representación de las y los trabajadores estatales, tanto en el la Nación como en Provincia y municipios del país. Pero la Municipalidad de San Francisco pretendía decidir qué gremio sería reconocido, negando a ATE dicho derecho.
En la demanda, de carácter sumario y por ello de inmediata aplicación, ATE solicitó a la jueza interviniente que ordene a la Municipalidad de San Francisco que cese con el comportamiento antisindical que el Municipio está teniendo para con sus trabajadoras y trabajadores afiliadas y afiliados a ATE, derechos comprendidos dentro de la libertad sindical reconocida en nuestra legislación.
La resolución judicial deja sin efecto así el Decreto Municipal que prohíbe las asambleas sin el permiso previo otorgado por la patronal. Esto está muy claro por la Ley Sindical donde se garantiza el derecho de los trabajadores y sus organizaciones de celebrar Asambleas sin autorización previa. La actitud de prohibir tan fundamental derecho como es el de reunirse y discutir se constituye en una afrenta gravísima contra el conjunto de las trabajadoras y trabajadores.
Este punto que es neurálgico para la organización sindical para discutir y consensuar reclamos que tienen que ver con sus derechos, es algo muy importante en términos de organización y ejercicio de derechos laborales. Las y los trabajadores no van a poder ser perseguidos por reunirse en asambleas ni podrán tener ningún tipo de amedrentamiento o descuento por el ejercicio de un derecho tan fundamental como es el de reunirse.
Reconocimiento de delegados
Por otro lado, pero relacionado con lo anterior, ATE solicitó a la Juez que se expida para que la Municipalidad reconozca a todas las delegadas y delegados que forman parte de la Junta Interna de ATE ya que, la Municipalidad, arrogándose facultades reglamentarias que no tiene, sin ningún tipo de fundamentos dice que va a reconocer a un grupo de representantes y a otro no.
En este marco de no reconocimiento persigue a los compañeros que tienen representación sindical incluso con descuentos salariales por uso del crédito horario gremial que tienen como derecho justamente para el ejercicio de sus tareas de representación y organización sindical.
Por eso, se solicitó en la presentación es que la Municipalidad sea declarada en práctica desleal con una multa por este comportamiento antisindical.
Respecto a este punto, si bien la magistrada no se expidió ante el reclamo del crédito horario correspondiente, sí deslizó en la sentencia cautelar que el conjunto de los delegados de ATE tiene representación en la Municipalidad de San Francisco.
De esta forma, la argumentación que esgrime la patronal, no tiene asidero ya que la Municipalidad no puede elegir qué delegados tendrán representación o no. Los delegados son electos por los trabajadores y trabajadoras y el Municipio no tiene facultades para decidirlo. Si bien no hay sentencia definitiva, tras estos adelantos sí consideramos que serán afirmativas las respuestas ante las demandas presentadas por ATE para garantizar los derechos sindicales tanto individuales como colectivos de las trabajadoras y trabajadores de San Francisco