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ATE gana un juicio por despido de una enfermera precarizada y el Gobierno de Córdoba deberá pagar la indemnización completa con intereses

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tercera Nominación emitió un falló contundente donde condenó por unanimidad a la Provincia a pagar los intereses moratorios que establece el Código Civil de la Nación, más los intereses judiciales establecidos en la sentencia y las costas judiciales.

2 febrero, 2024
en Provinciales

La Justicia de la provincia ordenó al Gobierno de Córdoba que pague con actualización e intereses judiciales la indemnización correspondiente a una enfermera del Hospital de Niños de la Santísima Trinidad, que fue despedida de manera intempestiva en 2021 tras sufrir más de cinco años de contratos fraudulentos y precarizados.

La compañera cumplía funciones como enfermera en el hospital especializado en dolencias pediátricas cuando resultó despedida sin que el Ministerio de Salud abonase la indemnización por ley en el plazo debido. 

Desde ATE se inició el reclamo administrativo y posteriormente el reclamo judicial para hacer valer los derechos de la compañera. “Se impugnó la rescisión contractual y se solicitó el pago de la indemnización debida. Además, se denunció el obrar fraudulento de la Administración toda vez que contrataba a la compañera mediante sucesivos contratos a tiempo determinado, por más de 5 años, cuando la afiliada realizaba tareas, principales, permanentes y dependientes para el Ministerio de Salud, negándole su derecho constitucional a la estabilidad en el empleo público”, enumeró Paloma Muñoz Gamboa, miembro del Equipo Jurídico de nuestra organización.


La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tercera Nominación emitió un falló contundente donde condenó por unanimidad a la Provincia a pagar los intereses moratorios que establece el Código Civil de la Nación, más los intereses judiciales y las costas correspondientes, tal y como surge de la sentencia de primera instancia, que aún no se encuentra firme.

El tribunal entendió que la indemnización debía cubrir la reparación del daño producido por la Provincia, aplicando intereses por la demora en su efectivo pago. “Este fallo es absolutamente relevante dado el contexto de despidos masivos que están imponiendo la gestión actual en el Estado provincial. Queda claro en la sentencia que la indemnización tiene carácter asistencial y alimentario, y debe pagarse en tiempo y forma para que trabajadores/as cuenten con el cobro de ley hasta regularizar su situación laboral”, concluyó Muñoz Gamboa.

El Equipo Jurídico de ATE aclaró que el Gobierno de Córdoba todavía puede retardar más aún el pago si decide recurrir la sentencia ante Tribunal Superior de Justicia.

Pero así y todo queda asentado que la Provincia debe pagar la debida indemnización de ley al personal contratado en casos de despedidos con los intereses moratorios y judiciales, según corresponda el caso. Un precedente jurisprudencial importante, sobre todo en tiempos de una inflación brutal que licúa los ingresos y créditos laborales.

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