A partir del proceso de ordenamiento administrativo y financiero sobre el estado correspondiente a las y los los afiliados no cotizantes, ATE Córdoba ratifica que toda compañera y compañero afiliado, sin importar su condición contractual puede gozar de los beneficios, servicios y garantizas que dispone nuestra asociación sindical.
Las y los no cotizantes son aquellas personas que abonan su cuota sindical voluntariamente y no por medio del descuento ordinario por recibo de sueldo, debido a las diversas situaciones contractuales que afrontan con la patronal. Por ejemplo monotributos, becas, contratos, pasantías y demás.
Para esta masa de afiliados se realizará una modificación del procedimiento de cobro de la cuota sindical, , a través de una resolución de la área de Finanzas del Consejo Directivo Nacional, completando un formulario del adhesión al pago por CBU, donde se manifiesta su consentimiento para autorizar el descuento correspondiente.
De esta forma, el Consejo Directivo Provincial electo para el periodo 2023-2027 rubrica su compromiso para todas y todos los afiliados accedan a los mismos beneficios, al tiempo que se dota de las herramientas adecuadas para poder garantizar dichos servicios. Según lo establecido por el artículo 17º de nuestro estatuto, el importe mensual correspondiente a la cuota sindical equivale al 2.2% de salario mensual.
En consecuencia, entre el 1º y el 15 de octubre las y los afiliados que se encuentren en esta situación deberán completar (con letra clara) el formulario adjunto y anexar documentación fehaciente del importe salarial percibido mensualmente (por caso, copia de la factura remitida al empleador, comprobante bancario del depósito del sueldo, recibo de haberes, resolución municipal, etc.). La información deberá ser escaneada y enviada por mail a la cuenta atecordobaafiliados@gmail.com
Cabe mencionar que completar el trámite es condición para continuar recibiendo los beneficios sociales y servicios que ofrece nuestro sindicato. Ante cualquier duda, comunicarse al 351-5640618