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Discapacidad: Carta de ATE al Presidente de la Nación

19 octubre, 2017
en Acción Política, Comunicados, Nacionales

El Consejo Directivo Nacional de ATE envió una carta a Mauricio Macri pidiendo explicaciones sobre el “Plan Nacional de Discapacidad”.

Durante el mes de mayo del corriente, y siendo que hasta el presente no se ha dado a conocer el marco legal de dicho plan, sus alcances y objetivos, y cómo se garantizarán a través del mismo los derechos de las personas con discapacidad.

Así también, resta que se brinde información relativa al sistema de previsión y seguridad social respecto de todas las personas que se han visto perjudicadas con la quita de pensiones y que han perdido el derecho de acceso a la salud.

Que, en el mes de Septiembre del corriente se crea de la Agencia Nacional de Discapacidad por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº698/17, no obstante las observaciones y tacha de nulidad que tal Decreto merece por no existir la urgencia invocada para ello, y por configurar una violación al principio de división de poderes consagrado en los art. 1 y 39 de nuestra Constitución Nacional, la misma se encuentra reñida con los principios que establece la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad , aprobada por ley 26.378, y que cuenta con jerarquía constitucional conforme ley 27.044.

En virtud de lo normado por los art. 1, 33, 41, 43, y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional donde se consagra el “Derecho al Acceso a la Información Pública”, y lo dispuesto por la ley 27.275, por medio de la presente venimos a solicitar formalmente la información que a continuación se detalla:

  1. Normativa Legal y Administrativa del Plan Nacional de Discapacidad que lo sustenta y su armonización con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, La Ley Nacional de Salud Mental 26.657,  las reformas introducidas por el Código Civil y Comercial  y las Observaciones del Comité  sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU.
  2. Autoridad de Aplicación del Plan, organismos que establece y sus funciones.
  3. Presupuesto proyectado  total para su ejecución.
  4. Forma de implementación en las diferentes provincias.
  5. Beneficios que garantizará el Plan Nacional.
  6. Medidas de Apoyo que prevé para la inclusión en áreas como educación, salud y la inclusión laboral en el ámbito público, privado y apoyo para la creación de cooperativas sociales.
  7. Condiciones y garantías que otorgará a los fines del cumplimiento del cupo del 4% previsto en la Ley 25.689.
  8. Medidas de Apoyo que prevé para la inclusión mediante educación común, integración con las escuelas llamadas especiales y su adecuación respecto a la Convención de los derechos de las personas con discapacidad. Accesibilidad para el ingreso a Institutos terciarios y universidades.
  9. Medidas para generar el derecho igualitario en  salud, el acceso irrestricto de prótesis, órtesis y todas las ayudas técnicas que garanticen la autonomía de las personas con discapacidad.
  10. Las medidas a implementar para garantizar la accesibilidad en el transporte de corta, media y larga distancia. Para la movilidad segura en las grandes urbes y en los lugares más distantes del país.
  11. Compatibilidad con los beneficios otorgados por el Sistema de Previsión y de la Seguridad Social.
  12. De cuenta de cómo se están restableciendo las pensiones y jubilaciones derivadas  que han sido quitadas/ rechazadas de manera arbitraria durante los últimos 16 meses.

13.       Respecto de la Agencia Nacional de Discapacidad (dto. 689/17) se solicita informe sobre las siguientes cuestiones: 1) Motivos y Fundamentos de la inclusión en el ámbito de la misma a la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales; 2) Criterio utilizado para incluir el otorgamiento de las Pensiones Asistenciales dentro las funciones de la Agencia mencionada. 3) Explique por qué no se consulto a las organizaciones de personas con discapacidad – previo a la creación de la Agencia- tal como lo establece la Convención (cfr. art. 4 pto. 3); 4) Explique por qué no se dio cumplimiento al art. 35 de la Convención, dado que no se encuentra contemplada en las facultades de la Agencia la elaboración del informe al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; 5) Atento a que no se pone fecha de inicio para el funcionamiento de la Agencia y se disuelven ipso facto la CONADIS y la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, cuál será el impacto en los expedientes que se encuentran tramitando en ambos organismos, y dónde tramitaran los mismos transitoriamente; 6) Informe las funciones actuales de las delegaciones provinciales y municipales de la Comisión de Pensiones Asistenciales, e indique lugares de  tramitación de nuevas pensiones y recursos; 8) Indique partidas involucradas en el Presupuesto 2018 para el funcionamiento de la Agencia; 9) En virtud de las políticas de transparencia justifique la falta de llamado a concurso para el cargo de Director de la Agencia; 10) Informe si esta agencia cumplirá con el cupo del %4 dentro de sus trabajadores.

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