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Encuentro del FreSU: la mesa de abogados abordó ayer la reforma laboral

30 julio, 2026
en Acción Política

Ayer se llevó adelante el Encuentro del Frente de Sindicatos Unidos (FreSU) convocado por ATE Córdoba, en el auditorio del Sindicato de Luz y Fuerza, donde una multitud siguió las exposiciones de los secretarios generales Rodolfo Aguiar (ATE), Daniel Yofra (Aceiteros) y Abel Furlan (UOM), abordando el programa del frente sindical y la situación del movimiento obrero.

En ese marco, previamente se desarrolló una mesa de abogados laboralistas que abordó la reforma laboral, donde disertaron los abogados laboralistas de ATE Matías Cremonte, Eugenio Biafore y María Marta Terragno.

Las exposiciones apuntaron a hacer un trabajo de concientización en la clase trabajadora en general, y en los sindicatos en particular, sobre lo que implica realmente esta reforma laboral, porque se trató un retroceso en materia de derecho social inédito, no solo en cuanto a la pérdida de derechos individuales, sino sobre todo, tal vez lo más importante, que el retroceso en materia de la posibilidad de ejercer la acción colectiva. “Los derechos sindicales, los derechos gremiales, derecho de huelga, derecho de reunión, la negociación colectiva, la representación, los delegados están afectados. Toda una serie de instrumentos que son vitales, esenciales para la resistencia, que fueron muy restringidos. Tenemos que conversar, reflexionar colectivamente sobre todo eso, justamente para encontrar la forma, conociéndola bien, encontrar la forma para enfrentarla realmente”, describió Cremonte, jefe del cuerpo de abogados de ATE.

Y agregó: ” mientras el gobierno aseguró que reforma laboral es necesaria para que crezca el empleo, para que crezca la actividad económica, qué problemas son los juicios laborales, la verdad es que está realmente demostrando, que nada tiene que ver la legislación laboral con el crecimiento de la actividad económica, que eso depende exclusivamente de la política económica del gobierno, y que es esa política la que está destruyendo los puestos de trabajo. Y la economía en general y el mercado interno, y no la legislación laboral”.

Por su parte, Terragno apuntó que la Reforma Laboral somete al trabajador/a a una negociación individualmente, donde no va a poder negociar nada en beneficio de sus intereses. “Lo va a hacer bajo una condición de sometimiento”, apuntó.

“No le va a quedar otra alternativa más que aceptar esas condiciones o tener el despido, que a todo esto también es muy fácil, porque esta ley de reforma laboral no es una ley para contratar, sino una ley para despedir. Se facilita el despido. Y lo vemos en muchos artículos que reforman”, remarcó.

El encuadre

“Se pretende es quitar de contenido el derecho laboral. O sea, lo que ha dado el derecho laboral, que es un derecho de protección, que ha nacido como un derecho de protección, se pretende justamente que tenga un carácter que sea civil. O sea, que no haya ninguna protección para el trabajador.

Y en función de eso, y en función sobre todo de la ausencia de crecimiento económico, donde vemos cierre de empresas, cierre de fábricas, donde no hay crecimiento del empleo registrado, no hay porque las estadísticas lo demuestran, por supuesto que el sometimiento y la explotación va a ser aún mayor. Cuando pensamos en el derecho en general, no lo pensamos como una obra de los diputados y senadores que lo han aprobado, sino que es la construcción de los valores que una sociedad se da en un momento determinado. El derecho laboral se sirve siempre del conflicto, también para ser creado.

La historia del derecho laboral no es una historia, por supuesto, que ha sido nacida en el Congreso de la Nación, ha sido nacida producto de la lucha de los trabajadores y las trabajadoras. O sea, las primeras leyes o la normativa laboral no surgieron de las leyes del Congreso, sino surgieron de los convenios colectivos de trabajo, que tienen que ver con la conflictividad que se da en determinado momento, con la conciencia de clase, con la lucha que se opera, y a partir de esto se da la creación del derecho del trabajo. Por supuesto que también, en un momento histórico, lo mencionó Matías, la declaración de Filadelfia en 1944, donde había otro momento político, la declaración de Filadelfia estableció que el trabajo no era una mercancía, porque los países entendieron que no iba a haber paz en el mundo si no había paz social, si no había paz entre las clases.

Cambió el consenso

“Hoy ese consenso de 1945 también cambió, eso también hay que decirlo, o sea, nos encontramos con otro momento, de hecho la ONU, con las guerras que existen, se ha declarado que no puede intervenir en las guerras que existen actualmente, o sea, ha cambiado también el esquema mundial. Pero por supuesto también entendemos que las trabajadoras siempre van a ser personas y las personas siempre vamos a ser dignas por el hecho de nacer. Entonces, en ese sentido, sí hay que proteger siempre el trabajo dependiente, porque es una persona humana la que lo lleva a cabo.

Cuando en ese sentido establecemos, y la ley estableció, de que en esa regulación entre trabajador y empleador, el empleador puede hacer un ejercicio abusivo en sus condiciones de trabajo, es decir, puede cambiarte las jornadas, puede modificarte la categoría, puede bajarte el salario, y el trabajador no puede hacer nada porque ese ejercicio abusivo está legitimado. No puede hacer nada, no puede pegar su reinstalación, porque la única alternativa que le queda es el despido. Justamente estamos hablando, esta reforma habla en contra justamente de estas garantías y derechos que deben ser asegurados.

Por otra parte, la ley base también establece la posibilidad de discriminar y pagar porque te discriminan en el trabajo. O sea, eso también implica una banalización de que una persona pueda ser discriminada en su ámbito de trabajo y que no haya ninguna consecuencia por eso, que la consecuencia es la más íntima posible o monetizada. O sea, donde habilita también al empleador despedir y si paga no pasa nada”.

Promoción de la informalidad

No se asegura el derecho al trabajo, a poder restablecer las condiciones de trabajo. Y en este sentido, como mencionábamos que el derecho laboral se sirve del conflicto, también hay que decir que los conflictos laborales han disminuido, y no con el gobierno ni ley, sino antes de la pandemia. También esto está en las estadísticas.

Entonces también esto puede ser una respuesta por qué esto llegó a ser ley y por qué el objetivo de esta charla es que tenemos que agudizar el conflicto. Bueno, los compañeros que están aquí son los que tienen claro que nunca hay que dejar el conflicto, nunca hay que dejar la calle, porque es la única que habilita el aseguramiento de los derechos. En este sentido, cuando mencionamos de los conflictos y si pensamos del derecho como marea, en el momento donde hay más conflictos es donde se garantizan mayormente los derechos.

Cuando hay menos conflictos, esas mareas bajan y justamente quedamos desamparados en ese sentido. También me parece importante hacer una caracterización de cómo se compone la clase trabajadora, porque muchas veces hablamos quizás a la imposición de una clase trabajadora que ya no existe y eso también tenemos que tenerlo claro para poder transformar las luchas y poder articularlas de alguna manera. La mitad de los trabajadores en nuestro país, todos sabemos que no tienen ningún tipo de registración, no tienen ningún tipo de derecho laboral.

Entre 2016 y 2025, casi el 90% de los puestos de trabajo, 3 millones, se explican por el crecimiento de trabajadores que están en la informalidad o son cuentapropistas. Entonces, en primer lugar, las leyes que vienen a asegurar justamente el crecimiento del empleo, falso, es un mito. O sea, no hubo ningún crecimiento del empleo registrado.

Al mismo tiempo, nos encontramos con trabajadores registrados del sector privado que llegan al 31%. En ese 31%, ¿qué pretende hacer la reforma laboral? Bueno, desmembrarlos, también dividirlos. La ley de reforma laboral habilita la tercerización, que también es algo muy caro para la clase trabajadora y que muchos compañeros de sindicatos que están aquí presentes luchan por el fin de la tercerización.

Porque, ¿Qué implica la tercerización? Dividir al colectivo. O sea, establecer trabajadores de primera, segunda y tercera categoría. Y como esta ley tampoco se entiende sin una mirada colectiva, la ley de reforma laboral también estableció que los trabajadores de empresas eventuales no pueden elegir delegados y no pueden estar sindicalizados”.

 

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