Se desarrolló ayer la charla formativa online encabezada por el abogado de ATE Eugenio Biafore, enfocada en despejar dudas sobre el sistemas previsional provincial y dirigida a provinciales y municipales aportantes a la Caja de Jubilaciones de Córdoba.
Una buena cantidad de asistentes sumaron su atención al dinámico mensaje que brindó Biafore, para luego evacuar preguntas sobre situaciones en particular que instalan dudas entre los futuros beneficiarios.
Al presentar el eje de la charla en una perspectiva histórica, Biafore explicó que la ley madre del sistema, Ley 8024, nace a principios de la década del ’90 pero que en el transcurso de más de tres décadas ha sufrido sucesivamente alrededor de 30 reformas, siendo quizás la más profunda la que estableció el decreto reglamentario 407/2020.
“Esta ley provincial 8024 se basa en el principio de sistema solidario. De origen europeo, y diferente al que proviene de EE.UU. de cuenta individual. Así, son los activos que soportan con su aporte la jubilación de los pasivos de manera solidaria”, introdujo.
Y remarcó inmediatamente “por eso la idea que el sistema sea superavitario es una falacia imposible de cumplir, salvo cercenando salarios y prestaciones”.
La 8024 fue hecha para la totalidad de los empleados públicos del ejecutivo, judicial, legislativo, ejecutivos municipales, concejos deliberantes y juzgados de faltas, empresas estatales provinciales. “Todo sectores están obligados a pertenecer en la caja, por principio de solidaridad previsional”, afirmó.
Luego pasó a desarrollar las prestaciones de la Caja y sus características, los regímenes de reciprocidad y destacó que ATE fue el único gremio que se negó a firmar la pérdida del estado docente para aquellos y aquellas trabajadoras del sistema educativo provincial que estén durante dos años en situación pasiva.
En otro tramo de la charla explicó cómo se conforma el cálculo del haber jubilatorio y los distintos fallos del Tribunal Superior de Justicia que fueron modificando dicho cálculo.
“El TSJ falló que el cálculo no se establece sobre el sueldo completo sino sobre el sueldo bruto sin contar el aporte. Es así el 82% del 89%, no del 100%. Luego otro fallo excluyó las sumas remuneratorios, de la misma forma que los rubros no remuneratorios no se imputan a la base del cálculo, aporten o no a la Caja”.
Y abundó: “en el proceso histórico la forma más cruenta de achicar el haber jubilatorio: paso del mejor haber al promedio de cuatro años, después al promedio de 10 años, ahora de los últimos 120 meses, con corrección estadísticas para actualizar. De esta forma se profundizó la precarización en la pasividad”.
Para después afirmar que la reforma reglamentaria 2020 redujo prestaciones de pensión para cónyuges, lo que motivó una denuncia de discriminación de género de nuestro gremio. Se trata de pensiones que devienen del derecho del beneficiario y se otorgan por vejez o invalidez.
El taller devino finalmente en un rico intercambio a partir de las dudas que surgieron de la platea presente online, que se extendió por una hora y media. La actividad estuvo coordinada por la secretaria de Prensa de ATE Córdoba, Julia Giuliani.






