Luego que se conociera ayer el decreto 430/25, que dio de baja el asueto en la Administración Pública Nacional por el 27 de junio Día del Estado, el secretario General de ATE Nacional, Rodolfo Aguiar, realizó hoy una presentación judicial, denominada ‘Medida Autosatisfactiva’, para que la Justicia anule la norma y reestablezca dicha jornada de descanso, según lo dispuesto por la ley 26.876.
La razón de ser de este día se debió a la adopción, por parte del Estado Argentino, del Convenio 151 de la OIT que reconoció el derecho la negociación colectiva en la APN, justamente el día 27 de junio de 1978.
En lo sustancial del planteo jurídico, Aguiar sostuvo que el decreto no cumple con los requisitos de un DNU para que pueda ser emitido por el Presidente, ya que no puede justificar la condición de excepcionalidad, necesidad y urgencia que ordena la Constitución. En cualquier otro caso, el Ejecutivo tiene vedado legislar, más aun cuando el Congreso se encuentra en funciones como es el caso de esta semana.
“Por lo tanto, tratándose de una ley sancionada por el Congreso de la Nación, en todo caso debió ser derogada también por el Congreso y no por el PEN en un acto de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”, sostiene la presentación judicial.
El dictado de DNU inconstitucionales por parte de la gestión de gobierno no es una novedad: la Sala de Feria de la CNAT, en el fallo CGT de fecha 30/1/24, determinó que no existía necesidad ni urgencia para el dictado del DNU 70/23, porque el Congreso se encontraba convocado para sesionar de manera extraordinaria.
Una medida autosatisfactiva es una acción judicial urgente, autónoma y de carácter excepcional que busca una solución rápida a una situación que requiere una intervención judicial inmediata, sin necesidad de un proceso principal posterior.






