En una asamblea convocada por ATE trabajadores y trabajadoras municipales de la Comuna Los Hornillos, del Valle de Traslasierra, resolvieron reclamar a la jefa comunal Carolina Caballero que se abstenga de avanzar con el anuncio de rebajar las condiciones de trabajo del personal contratado, ya que el Departamento Ejecutivo pretende que dichos trabajadores/as pasen a cumplir tareas en condición de monotributistas.
Esta medida atenta contra los derechos adquiridos de estos compañeros y compañeras municipales profundizando la precarización en la Comuna.
“Es un perjuicio tremendo para los empleados. Por eso hoy hacemos una asamblea informativa para analizar qué vamos a hacer, si la respuesta de la jefa comunal es negativa”, explicó el secretario Gremial de ATE Córdoba, finalizada la asamblea. Se trata de personal que, en algunos casos, cuenta con 15 años de antigüedad desarrollando tareas de manera habitual en la Comuna.
En consecuencia, el dirigente subrayó que, de no destrabarse el conflicto ATE, no descarta una denuncia judicial. “Esto va a perjudicar a la comuna porque en el caso de un juicio paga el pueblo no la jefa comunal, ya que como monotributistas los empleados van a perder muchos derechos y, como siempre, los empleados terminan siendo rehenes del partido político que gana las elecciones”, advirtió Chalup, quien estuvo acompañado en al oportunidad por el secretario de Organización del Consejo Directivo Provincial, Javier Bracamonte.
Caballero aduce que la falta de fondos y el aumento de gastos por asistencia social le impiden atender la demanda del personal.
Sin embargo, la Comuna no puede manejarse al margen de la ley. El Estatuto de la Comuna, que permite y reglamenta la contratación de personal, le otorga al conjunto de los trabajadores la estabilidad laboral. Tal situación no es sino la reglamentación, en el caso de esta Comuna, del mandato constitucional de la garantía y derecho a estabilidad en el empleo público, establecida en el primer párrafo del art 14 bis de la Constitución Nacional y el 23 de la Constitución Provincial.
En ese marco, la Comuna solo puede contratar personal a plazo “cuando la contratación tenga como objeto la realización de tareas que por su naturaleza y transitoriedad, no puedan ser cumplidas por personal permanente”, según los artículos 8 y 55, inciso “c” del Estatuto municipal.
En cada uno de los casos de los 30 empleados afectados, las tareas que se realizan son la propias, permanentes, comunes y habituales de la comuna. Y como se observa, con el solo repaso de los legajos de los trabajadores, tales prestaciones se han realizado por largos años, en forma cotidiana e ininterrumpida. Esto deja a las claras que el plazo de renovación mensual que establece la comuna no se corresponde con la naturaleza de las tareas que se realiza, cuya característica es de ser permanente y necesaria en el tiempo, ya que se trata de funciones que justifican la existencia misma de la Comuna.
Por eso, ATE reclama el pase a planta permanente de este personal precarizado e insta a Caballero a abrir un espacio de diálogo para resolver el conflicto, organizando el plan de regularización de empleo público de la Comuna.