{"id":7601,"date":"2016-11-16T15:58:14","date_gmt":"2016-11-16T18:58:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.atecordoba.org\/?p=7601"},"modified":"2016-11-16T15:58:14","modified_gmt":"2016-11-16T18:58:14","slug":"informe-en-lo-que-va-del-ano-los-estatales-perdieron-el-equivalente-a-un-sueldo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/atecordoba.org\/?p=7601","title":{"rendered":"Informe: en lo que va del a\u00f1o los estatales perdieron el equivalente a un sueldo"},"content":{"rendered":"<p><em>Esto resulta del informe realizado por el equipo de trabajo del Instituto de Estudios de Estado y Participaci\u00f3n (IDEP) para el Consejo Directivo Nacional de ATE. Es un material de gran inter\u00e9s para el debate sobre la situaci\u00f3n salarial de cara al fin de a\u00f1o.<\/em><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7602\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/vac\u00eda-e1479319591251.jpg\" alt=\"vacia\" width=\"550\" height=\"376\"><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">La discusi\u00f3n del bono merece realizar algunas consideraciones vinculadas al nivel salarial. En primer lugar, como su nombre lo indica el pago de un bono, si bien queda emparentado con el concepto de salario porque se manifiesta como un pago en dinero desde el empleador al trabajador, este no representa la retribuci\u00f3n corriente por el trabajo realizado por el mismo. Tal nivel, determinado por el convenio colectivo de trabajo y actualizado en funci\u00f3n de la paritaria, involucra otro tipo de discusi\u00f3n \u2013o al menos debiera hacerlo- respecto al reparto del excedente generado anualmente en la econom\u00eda.&nbsp; En este sentido, la existencia de un bono no implica una discusi\u00f3n de car\u00e1cter distributivo ya que no afecta, en lo absoluto, el nivel salarial pautado sino que se presenta como un adicional por \u00fanica vez con el fin de compensar una p\u00e9rdida acontecida o bien, afrontar mayores erogaciones futuras. <\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">En este sentido, la evidencia del pasado reciente indica que, no s\u00f3lo sobran los motivos para la discusi\u00f3n de un bono, sino que tambi\u00e9n las condiciones actuales obligan a rediscutir la pauta distributiva acordada a fin de a\u00f1o, por medio de una reapertura de paritaria. En el marco de un esquema de pol\u00edtica econ\u00f3mica que hundi\u00f3 el poder adquisitivo de la clase trabajadora al tiempo que profundiz\u00f3 el deterioro de las condiciones de vida de la poblaci\u00f3n, la discusi\u00f3n ce\u00f1ida a un bono \u2013que descarta la discusi\u00f3n del nivel salarial en s\u00ed- expresa el consenso de la c\u00fapula empresarial, la sindical cegetista y el gobierno de fijar un piso distributivo de mayor regresividad para el planteo de un nuevo proceso econ\u00f3mico.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">De todos modos, la emergencia social vigente amerita considerar cada una de las coyunturas presentadas y en este sentido, el debate en torno al bono encubre algunos matices que, de no despejar, terminar\u00edan perjudicando a\u00fan m\u00e1s al bolsillo del trabajador. En el presente material exponemos entonces una serie de ejercicios que buscan determinar la magnitud de pago que intente correrlo de la arbitrariedad de las voluntades pol\u00edticas, la complicidad sindical o las cuentas fiscales, para que guarde relaci\u00f3n con las necesidades objetivas de los trabajadores. <\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">En el cuadro N \u00ba 1 se presenta la evoluci\u00f3n mensual del salario nominal, el \u00edndice de precios y su resultante, la din\u00e1mica asumida por el salario real. Para ello se consider\u00f3 la pauta paritaria para los trabajadores de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Nacional (APN) del 31% para el presente a\u00f1o desglosado en tres cuotas: del 7% a partir del mes de Junio,&nbsp; 10% a partir de Julio y 14% a partir de Agosto. En el caso de los precios, el \u00edndice considerado resulta de un empalme del \u00edndice elaborado por la Direcci\u00f3n de Estad\u00edsticas de la Ciudad de Buenos Aires hasta el mes de abril y el correspondiente al \u00e1rea de precios recuperada del nuevo INDEC a partir de mayo.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">De esta manera surge que mientras los salarios, seg\u00fan la paritaria, se ver\u00e1n incrementados en un 31% en el a\u00f1o,&nbsp; la proyecci\u00f3n de inflaci\u00f3n es del 39,2%. Tal disparidad implica que, el poder adquisitivo de los estatales caer\u00e1 aproximadamente un -6% en diciembre de este a\u00f1o. Cabe se\u00f1alar que durante los primeros cinco meses del a\u00f1o, en los que no se verific\u00f3 actualizaci\u00f3n del salario, la ca\u00edda real alcanz\u00f3 un -16,4%.<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7603\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/cuadro-1-e1479322271443.jpg\" alt=\"cuadro-1\" width=\"550\" height=\"345\"><\/p>\n<p><b><\/b><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">Sin embargo, la p\u00e9rdida es a\u00fan mayor que el an\u00e1lisis que proporciona la lectura anual \u201cpunta a punta\u201d, es decir diciembre 2016 vs diciembre 2015. Ello se explica b\u00e1sicamente porque la modalidad de aumento salarial concentrada en determinados meses del a\u00f1o&nbsp; confronta contra un ritmo creciente y sistem\u00e1tico de la evoluci\u00f3n de precios. En este sentido, la lectura anualizada de los aumentos salariales otorgados permite evaluar el aumento efectivo salarial de la paritaria en todo el a\u00f1o, ya que no contiene el mismo efecto una pauta del 31% aplicada a partir del mes de Enero que id\u00e9ntica pauta tan s\u00f3lo para los \u00faltimos tres meses del a\u00f1o. Por lo tanto, el esquema acordado para la aplicaci\u00f3n de la pauta del 31% implica apenas un incremento del 14,9% de la masa salarial anual del 2016 respecto al a\u00f1o anterior. A continuaci\u00f3n evaluaremos los efectos concretos de este descalce.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">Para avanzar en la cuantificaci\u00f3n efectiva de la p\u00e9rdida acumulada durante el a\u00f1o 2016 se tom\u00f3 como referencia el salario medio correspondiente a la planta de ocupados de la APN en sus tres modalidades (planta permanente, transitoria y contratada) durante el \u00faltimo trimestre del a\u00f1o 2015. En base a este valor, que se ubica en los $23.905,63, se realiz\u00f3 una estimaci\u00f3n del salario \u201cesperado\u201d en funci\u00f3n de su actualizaci\u00f3n por precios con el fin de obtener el nivel salarial que en cada uno de los meses sostiene el poder de compra de diciembre del 2015. De esta manera se observa, que por ejemplo al mes de enero al trabajador del Estado Nacional le faltaban $989 para mantener el nivel de compra del mes pasado; en febrero esta necesidad se incrementa a $1.977,25 hasta llegar a acumular al mes de diciembre del presente a\u00f1o (en funci\u00f3n de la proyecci\u00f3n de inflaci\u00f3n anual) una p\u00e9rdida de $29.338,57.&nbsp;<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7604\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/cuadro-2-e1479322330761.jpg\" alt=\"cuadro-2\" width=\"550\" height=\"351\"><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">Es interesante notar que el valor acumulado de p\u00e9rdida salarial o bien, de transferencia de ingresos desde el salario de los estatales a la administraci\u00f3n p\u00fablica, representa pr\u00e1cticamente el equivalente a un salario medio mensual . Otra manera de visualizar lo anterior se presenta en el siguiente cuadro expresado en porcentajes. De all\u00ed se observa en cada mes de a\u00f1o el porcentaje de p\u00e9rdida respecto a diciembre y el acumulado de esta ca\u00edda. De esta manera, al llegar al mes de diciembre se verifica que la ca\u00edda acumulada del -122,7% indica que la p\u00e9rdida del poder de compra de todo el a\u00f1o representa el 100% del salario inicial y un poco m\u00e1s (m\u00e1s precisamente un 22,7% m\u00e1s).<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7605\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/cuadro-3-e1479322387798.jpg\" alt=\"cuadro-3\" width=\"550\" height=\"337\"><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">Si en lugar de considerar el per\u00edodo anual, tomamos en cuenta la gesti\u00f3n de Cambiemos&nbsp;&nbsp; surge un aumento exponencial de la p\u00e9rdida acumulada. Cabe se\u00f1alar aqu\u00ed que este aumento no obedece s\u00f3lo al efecto de incorporar dos meses m\u00e1s sino que, como el poder de compra base para comparar cada uno de los meses subsiguientes, es m\u00e1s elevado que en el ejercicio anterior, la p\u00e9rdida mensual tambi\u00e9n se multiplica. <\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">De esta manera, se observa del siguiente cuadro que al sumar cada uno de los rezagos salariales mensuales del per\u00edodo Noviembre 2015 \u2013 Diciembre 2016 se acumula una p\u00e9rdida salarial de nada menos que $52.577,92, es decir el equivalente a aproximadamente dos salarios medios.<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7606\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/cuadro-4-e1479322439162.jpg\" alt=\"cuadro-4\" width=\"550\" height=\"341\"><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">Por \u00faltimo, es preciso resaltar que los valores anuales considerados en los dos ejercicios anteriores no incorporan la debida actualizaci\u00f3n del monto adeudado, ya que los mismos consisten en sumas de montos expresados en base a precios de distintos per\u00edodos. Esto es, y tal cual como se observa en el cuadro N \u00ba 5, el monto de $989 adeudados por el salario impago en enero de este a\u00f1o implicaba un poder de compra superior que lo expresar\u00eda id\u00e9ntico monto monetario&nbsp; al mes de diciembre. Para permitir la homogeneizaci\u00f3n de los valores, en los siguientes dos cuadros, presentamos la actualizaci\u00f3n de cada uno de los montos mensuales al mes de diciembre 2016. De esta manera surge que, si consideramos el a\u00f1o 2016, la deuda acumulada a los estatales asciende a $33.117,6 al tiempo que si se toma en cuenta todo el per\u00edodo de gesti\u00f3n macrista, la deuda en concepto de salario impago a los estatales asciende a $59.523,28.<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7608\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/cuadro-5-e1479322572562.jpg\" alt=\"cuadro-5\" width=\"550\" height=\"303\"><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-7607\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/cuadro-6-e1479322513682.jpg\" alt=\"cuadro-6\" width=\"550\" height=\"332\"><\/p>\n<p><b><\/b><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">En conclusi\u00f3n, el bono, como se mencion\u00f3 al inicio del informe, no busca resolver la cuesti\u00f3n de fondo, que es la cristalizaci\u00f3n de un piso salarial m\u00e1s bajo para la reactivaci\u00f3n del nuevo proceso econ\u00f3mico. La brutal transferencia de ingresos experimentada desde la asunci\u00f3n del nuevo gobierno desde el salario y los ingresos de los sectores populares a la rentabilidad empresaria, es convalidada por la c\u00fapula cegetista que abdica toda medida de fuerza ante el pago de una compensaci\u00f3n por \u00fanica vez y&nbsp; sin garant\u00edas. <\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-style: inherit; font-weight: inherit;\">M\u00e1s a\u00fan, el bono negociado en la cerrada \u201cmesa de di\u00e1logo\u201d de $2.000 o $3.000 en el mejor de los casos, ni siquiera reviste una magnitud coherente con las necesidades objetivas de los trabajadores quienes, al menos durante el per\u00edodo aqu\u00ed analizado, han acumulado una p\u00e9rdida salarial muy superior. Del informe se desprende entonces, que para favorecer&nbsp; una correcta aplicaci\u00f3n del mismo, es necesario que cada trabajador de la administraci\u00f3n p\u00fablica reciba a fin de a\u00f1o un salario entero m\u00e1s, para compensar el desfasaje del a\u00f1o 2016, o bien, dos salarios m\u00e1s si se busca reintegrar lo perdido desde el inicio de la nueva gesti\u00f3n de gobierno.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esto resulta del informe realizado por el equipo de trabajo del Instituto de Estudios de Estado y Participaci\u00f3n (IDEP) para el Consejo Directivo Nacional de ATE. Es un material de gran inter\u00e9s para el debate sobre la situaci\u00f3n salarial de cara al fin de a\u00f1o. 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