{"id":3326,"date":"2013-09-24T18:26:15","date_gmt":"2013-09-24T21:26:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.atecordoba.org\/?p=3326"},"modified":"2013-09-24T18:26:15","modified_gmt":"2013-09-24T21:26:15","slug":"historia-del-final-de-la-procripcion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/atecordoba.org\/?p=3326","title":{"rendered":"Historia del final de la proscripci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><i>Se reafirm\u00f3 nuestro derecho a ejercer el \u00e1mbito de representaci\u00f3n gremial en provincia y municipios. La Justicia fundament\u00f3 la sentencia en dos resoluciones del Ministerio de Trabajo de la Naci\u00f3n que el gobierno provincial se hab\u00eda negado a cumplir.<\/i><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"ngg-singlepic ngg-center aligncenter\" alt=\"romero\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/gallery\/campana-fotos-de-notas\/romero.jpg\" width=\"691\" height=\"518\" \/><\/p>\n<p>La sentencia emitida en mayo pasado, de car\u00e1cter definitiva, cierra la controversia planteada por el Sindicato de Empleados P\u00fablicos (SEP), que se arrogaba el monopolio de la representaci\u00f3n sindical en las Provincia, con el aval de la administraci\u00f3n delasotista.<\/p>\n<p>Con la firma de los jueces H\u00e9ctor Guisado y Graciela Elena Marino, el tribunal judicial resolvi\u00f3 desestimar el recurso impuesto por el SEP, que hab\u00eda llegado a la C\u00e1mara despu\u00e9s que el Ministerio de Trabajo de la Naci\u00f3n estableciera en dos oportunidades la legalidad de ATE, tal como ven\u00edan reclamando nuestros afiliados desde 2006.<\/p>\n<p>Tanto el SEP como el Gobierno se hab\u00edan opuesto sistem\u00e1ticamente al crecimiento de ATE, impugnando las elecciones de delegados en un caso, o neg\u00e1ndose a retener la cuota sindical de nuestros afiliados en el otro, sin contar las permanentes persecuciones a aquellos compa\u00f1eros que deciden organizarse en ATE.<\/p>\n<p>No fue impedimento para el gobierno delasotista, que la persecuci\u00f3n a nuestro gremio fuese en contra de la Constituci\u00f3n, los convenios internacionales de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT) y la normativa nacional en la materia.<\/p>\n<p>Ahora, la Justicia dio la raz\u00f3n al Ministerio de Trabajo nacional, que con la firma del ministro Carlos Tomada \u00a0hab\u00eda ratificado en la resoluci\u00f3n 708\/2009 -al hacer lugar al planteo de ATE- la vigencia del principio de pluralidad sindical en el sector p\u00fablico, y concretamente resolvi\u00f3 reconocer \u201cla aptitud de ATE para coexistir como entidad sindical, sin exclusi\u00f3n de su Personer\u00eda Gremial, en el \u00e1mbito p\u00fablico de la Provincia de C\u00f3rdoba\u201d.<\/p>\n<p>Por lo tanto, tanto el Ministerio de Trabajo como la Justicia reafirmaron que ATE en C\u00f3rdoba puede elegir delegados en cualquier repartici\u00f3n u organismo del Estado nacional, provincial y municipal. Y esto fue posible gracias a la perseverancia y conciencia de los trabajadores, afiliados y dirigentes de ATE C\u00f3rdoba que no se doblegaron jam\u00e1s ante las presiones y persecuciones de la patronal, y continuaron organiz\u00e1ndose y luchando a\u00fan frente a la adversidad<\/p>\n<p><b>Respetar la ley y la justicia<\/b><\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel De la Sota debe ordenar a sus funcionarios a que detengan de forma inmediata la discriminaci\u00f3n y persecuci\u00f3n a delegados y afiliados de nuestro gremio, abriendo un espacio de negociaci\u00f3n sobre las diversas problem\u00e1ticas que agobian a los trabajadores estatales en C\u00f3rdoba, y restituya los descuentos por cuota de afiliaci\u00f3n que el propio gobernador dio de baja de forma arbitraria hace siete a\u00f1os.<\/p>\n<p>Todo esto, en contradicci\u00f3n con ese discurso edulcorado de \u2018di\u00e1logo y respeto por las opiniones diferentes\u2019 que el gobernador suele utilizar en sus car\u00edsimas publicidades de campa\u00f1a que pagamos todos los cordobeses.<\/p>\n<p>\u201cEs el resultado de la coherencia y la perseverancia de un gremio discriminado por de la Sota, desde hace siete a\u00f1os, por no aceptar la sumisi\u00f3n a las pol\u00edticas oficiales. Primero el Ministerio de Trabajo nos dio la raz\u00f3n en todos los argumentos que present\u00f3 nuestro equipo legal; ahora lo convalid\u00f3 la Justicia. Durante todo este tiempo debimos salir a explicar a nuestros 2100 afiliados de la provincia que \u00e9ramos legales. Estamos felices porque triunf\u00f3 la verdad\u201d, dijo\u00a0Mar\u00eda Teresa Romero, secretaria General de ATE C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>De esta forma, el Estado cordob\u00e9s saldr\u00e1 de ese limbo al margen de la ley, donde lo ubic\u00f3 de forma deliberada el gobierno provincial, para ubicarse en la normalidad que viven los trabajadores estatales del resto de las provincias del pa\u00eds.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n judicial, al igual que hab\u00eda establecido el Ministerio de Trabajo anteriormente, se basa en el derecho a coexistir con otras organizaciones gremiales en el Estado provincial y en los municipios de C\u00f3rdoba, conforme lo dictado en la resoluci\u00f3n 255\/03, que sostiene la pluralidad sindical en el \u00e1mbito del Estado. Tambi\u00e9n lo ordenan los convenios de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT) que Argentina tiene suscriptos.<\/p>\n<p><b>Depende de Trabajo, no del gobernador<\/b><\/p>\n<p>Vale se\u00f1alar que s\u00f3lo el Ministerio de Trabajo de la Naci\u00f3n, y as\u00ed lo refrend\u00f3 la Justicia a pesar de la prepotencia del gobierno de De la Sota, tiene competencia para determinar el alcance de las personer\u00edas gremiales, seg\u00fan la ley 23551 de Asociaciones Profesionales, que reglamenta el art\u00edculo 14 BIS de la Constituci\u00f3n nacional, referido al derecho y principio de libertad sindical.<\/p>\n<p>Los trabajadores estatales provinciales y municipales debemos tener en claro que no son los gobernadores ni los intendentes (tampoco las legislaturas o los consejos deliberantes) quienes definen las personer\u00edas, por m\u00e1s que se arroguen esa potestad. Por eso C\u00f3rdoba se ubic\u00f3 al margen de la legalidad al no acatar las resoluciones dictadas en su oportunidad.<\/p>\n<p>Si hacemos un poco de historia, la resoluci\u00f3n 770\/12 ratific\u00f3 lo que ya fue resuelto por Tomada mediante la resoluci\u00f3n 708\/09, cuando determin\u00f3 que ATE tiene \u00e1mbito de representaci\u00f3n en todo el sector p\u00fablico de la provincia de C\u00f3rdoba, naci\u00f3n, provincia y municipios; lo que implica que ATE puede elegir delegados, negociar colectivamente y realizar la retenci\u00f3n de la cuota sindical.<\/p>\n<p>Ambas resoluciones se fundamentan en el principio de pluralidad sindical que rige en el sector p\u00fablico en materia de personer\u00edas gremiales. En <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"ngg-singlepic ngg-right alignright\" alt=\"Ate trabajo\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/gallery\/campana-fotos-de-notas\/reunion-con-tomada.jpg\" width=\"650\" height=\"433\" \/>consecuencia, las distintas asociaciones gremiales pueden coexistir en el mismo \u00e1mbito de representaci\u00f3n. Por ejemplo, as\u00ed sucede en el Estado nacional, donde conviven ATE y la Uni\u00f3n Personal Civil de la Naci\u00f3n (UPCN). Esta misma situaci\u00f3n es trasladable a la convivencia que deber\u00edan tener ATE y SEP, por ejemplo.<\/p>\n<p>Esto no significa autom\u00e1ticamente que los trabajadores se afiliar\u00e1n a ATE, pero si es cierto que se abre una opci\u00f3n para ampliar las capacidades de representaci\u00f3n de los propios compa\u00f1eros, sobre todo si no est\u00e1n conformes con la situaci\u00f3n actual. Despu\u00e9s, somos los trabajadores quienes elegiremos libremente el gremio que mejor canalice nuestras inquietudes y demandas.<\/p>\n<p>\u201cReclamamos que el gobernador sea coherente con sus discursos de di\u00e1logo y legalidad, respetando este fallo que determina el reconocimiento del \u00e1mbito de actuaci\u00f3n sindical para nuestro gremio en la provincia de C\u00f3rdoba. Esto no quita que seguiremos siendo aut\u00f3nomos de los gobiernos y los partidos pol\u00edtico, porque nuestro fin es defender el derecho de los trabajadores, activos y jubilados\u201d, dijo Romero en ese sentido.<\/p>\n<p><b>Libertad y democracia sindical<\/b><\/p>\n<p>Seg\u00fan explicaron desde el equipo legal de ATE C\u00f3rdoba, los art\u00edculos 89, 90 y 91 de la ley provincial 7233, conocido como el Estatuto del Personal P\u00fablico Provincial (que establece que SEP es el \u00fanico sindicato con representaci\u00f3n en la provincia, junto a la Uni\u00f3n del personal Superior), son inconstitucionales. Porque la propia patronal no puede llegar al absurdo de determinar cu\u00e1l es el gremio que debe representar a los trabajadores estatales provinciales en C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Esto se fundamenta en los antecedentes que ya dict\u00f3 la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n\u00a0 en donde se consagra el derecho de libertad sindical, en el famoso fallo ATE-Pecifa.<\/p>\n<p>As\u00ed el gobierno delasotista ha venido vulnerando el principio de libertad y democracia sindical al impedir, obstaculizar,\u00a0 discriminar y perseguir a ATE. Los principales vulnerados son los trabajadores, que no pueden elegir libremente qu\u00e9 representaci\u00f3n tener y c\u00f3mo organizarse para ejercer sus derechos.<\/p>\n<p><b>Historia<\/b><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2013\/09\/marcha-jubilados-e1379620659262.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-3262 alignleft\" alt=\"marcha jubilados\" src=\"http:\/\/www.atecordoba.org\/wp-content\/uploads\/2013\/09\/marcha-jubilados-e1379620659262.jpg\" width=\"525\" height=\"394\" \/><\/a>Todo el conflicto se origin\u00f3 cuando el SEP impugn\u00f3 en 2004 una elecci\u00f3n que realiz\u00f3 ATE en el Ministerio de Educaci\u00f3n provincial para elegir delegados, impugn\u00e1ndola ante el Ministerio de Trabajo de la Naci\u00f3n. En primera instancia la Direcci\u00f3n Nacional de Asociaciones Sindicales le dio la raz\u00f3n, ante lo cual ATE recurri\u00f3 (apel\u00f3) ante el ministro de Trabajo, que dio vuelta la decisi\u00f3n y emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n 708.<\/p>\n<p>La autoridad de aplicaci\u00f3n resolvi\u00f3 que ATE tiene personer\u00eda, \u00e1mbito y cuenta con representaci\u00f3n. Agotada la llamada v\u00eda administrativa, el SEP fue a la justicia para intentar estirar todo el tiempo posible el unicato sindical que nunca le correspondi\u00f3, aun sabiendo que a la corta o a la larga su planteo ser\u00eda rechazado. Indudablemente, este verdadero mandoble judicial cierra definitivamente una discusi\u00f3n que nunca debi\u00f3 existir.<\/p>\n<p><b>Ya lo hab\u00eda dicho la justicia provincial <\/b><\/p>\n<p>Los conflictos de reconocimiento de ATE se sucedieron en el Ministerio de Salud, en Desarrollo Social y tambi\u00e9n en la Municipalidad de Cruz del Eje. Sucesivamente, diferentes juzgados de la provincia obligaron a reinstalar a los compa\u00f1eros Roberto Ramos, Miriam Ludue\u00f1a y Pedro Mor\u00e1n respectivamente.<\/p>\n<p>Tal es as\u00ed que los compa\u00f1eros se encuentran en la actualidad y desde hace tiempo ejerciendo la representaci\u00f3n de los trabajadores de cada sector. Este fallo judicial es una victoria de ellos tambi\u00e9n, que tuvieron el coraje de resistir los aprietes de las patronales. Porque, como se sabe en todo el pa\u00eds, ATE no afloja y ATE no traiciona.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se reafirm\u00f3 nuestro derecho a ejercer el \u00e1mbito de representaci\u00f3n gremial en provincia y municipios. La Justicia fundament\u00f3 la sentencia en dos resoluciones del Ministerio de Trabajo de la Naci\u00f3n que el gobierno provincial se hab\u00eda negado a cumplir. 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